SANTO DOMINGO.- La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo del Distrito Nacional acogió la solicitud del Ministerio Público, representado por el abogado del Estado y rechazó el recurso de amparo interpuesto por 30 personas en contra del Estado dominicano y de su titularidad como propietario de los terrenos de Bahía de las Águilas.
El fallo pone un alto a las pretensiones de los recurrentes, que buscaban una indemnización y la paralización de labores de proyectos turísticos en Pedernales bajo el alegato de que eran parceleros del Instituto Agrario Dominicano y propietarios sobre los terrenos en Bahía de las Águilas.
El tribunal, compuesto por los magistrados Antonio Sánchez Mejía, Cecilia Badía Rosario y Franny González Castillo, rechazó dicha acción de amparo en cumplimiento por improcedente, por existir sobre el caso la “cosa juzgada” y por razones de seguridad jurídica.
En sus motivaciones, los jueces señalaron que su decisión tiene soporte en el principio constitucional de seguridad jurídica y en las disposiciones de los artículos 51, 69, 72 y 110 de la Constitución; 8, 21 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 135, 544 y 545 del Código Civil y 44 de la Ley 834, que modifica disposiciones del Código de Procedimiento Civil, norma jurídica del derecho común aplicable a los procesos constitucionales.