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Santo Domingo, RD – El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció ayer la emisión de una normativa técnica que establece el Estándar Homologado de Cascos de Protección Personal, haciendo obligatorio el uso exclusivo de cascos certificados por estándares internacionales (como DOT y UN/ECE 22-06) para todos los conductores y pasajeros de motocicletas en el territorio nacional.
La medida, que prohíbe de forma expresa el uso del medio casco debido a su insuficiente protección, fue presentada durante el Diálogo Regional de Políticas Públicas sobre Transporte 2025 y tiene como objetivo fundamental reducir la mortalidad y las lesiones graves en accidentes viales.
Marco Legal y Consulta Rigurosa
La nueva disposición se fundamenta en el Artículo 157 de la Ley 63-17 y el Decreto 256-20. Su alcance internacional fue validado y aprobado ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), cumpliendo con los compromisos de transparencia y cooperación técnica asumidos por la República Dominicana.
El Intrant destacó que el proceso de creación de la normativa fue riguroso, contando con la asesoría técnica de la Fundación FIA y un amplio proceso de consulta nacional que involucró a importadores, vendedores, asociaciones de motociclistas, usuarios y otros actores institucionales vinculados al sector.
Presentación Estratégica: Un Compromiso para Salvar Vidas
El anuncio y la firma de la normativa se llevaron a cabo durante el Diálogo Regional de Políticas Públicas sobre Transporte 2025, evento organizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Foro Internacional del Transporte (ITF–OCDE), con la participación de autoridades y expertos de toda la región.
Milton Morrison, director ejecutivo del Intrant, subrayó el impacto directo de la medida. “Cada casco homologado representa una vida protegida. Con esta medida reforzamos la seguridad de los motociclistas y sus pasajeros, quienes deben utilizar cascos certificados que garanticen la máxima protección ante un impacto”, afirmó, destacando que es una acción concreta orientada a salvar vidas.
Los Únicos Cascos Válidos: Estándares de Certificación
La normativa es clara: solo serán considerados homologados aquellos cascos certificados por laboratorios bajo la norma ISO/IEC 17025 y que cumplan con los siguientes estándares internacionales: UN/ECE 22-06 (Unión Europea), FMVSS No. 218 (DOT), SNELL M2020/M2025, GB 811-2022 (China), QCVN 2:2021/BKHCN (Vietnam), IS 4151:2015 (India), NTC 4533 (Colombia), NBR 7471 (Brasil), JIS T 8133:2015 (Japón) y BS 6658:1985 (Reino Unido). Se permitirá la coexistencia temporal de cascos bajo el estándar UN/ECE 22-05 mientras este continúe vigente.
Los cascos válidos deben garantizar la máxima protección de la cabeza del usuario, por lo que su diseño debe incluir una coraza exterior rígida, un sistema de absorción de impactos y una retención ajustable.
Prohibición y Condiciones de Uso
La normativa prohíbe expresamente el uso del medio casco debido a su cobertura insuficiente y al mayor riesgo de lesiones graves que representa.
El Intrant reitera que el uso del casco homologado es obligatorio tanto para el conductor como para el pasajero, quienes deben llevarlo correctamente colocado y abrochado durante todo el trayecto. Además, el casco debe ajustarse adecuadamente, no debe presentar daños estructurales y debe ser reemplazado tras un accidente o al cumplir siete años desde su fabricación. Cualquier alteración o retiro de las etiquetas de certificación está prohibido. El incumplimiento de estas disposiciones será sancionado conforme a la Ley 63-17.
Fiscalización y Sensibilización Vial
En coordinación con la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), el Intrant desarrollará campañas educativas y operativos de supervisión para orientar a los motociclistas y garantizar el cumplimiento de la nueva medida. La institución recordó que los insumos obtenidos en el reciente Primer Foro Nacional para el Uso Responsable de la Motocicleta fueron clave para la elaboración de esta normativa


